Esto dice la sentencia de la Corte Constitucional sobre caso de discriminación por género en escuela de Salinas

La Corte Constitucional del Ecuador (CCE) aceptó la acción extraordinaria de protección por un caso de discriminación por género en una escuela privada de Salinas. La sentencia emitida el 8 de enero de 2025 dejó sin efecto el fallo de la Corte Provincial del 7 de diciembre de 2017.

Una familia española denunció que una unidad educativa discriminó a su hija de 5 años a la que han identificado como transgénero. Por lo que la CCE ordenó que la escuela de Salinas pida disculpas, a través de una carta privada, a la familia por violar «su derecho a la igualdad y no discriminación, al libre desarrollo de la personalidad».

A través de la sentencia 95-18-EP/24, la CCE decidió que la acción extraordinaria de protección sea aceptada y sean ordenadas medidas de no repetición.

El texto de 116 páginas reconoce que la «unidad educativa vulneró los derechos de C.L.A.G (siglas del nombre de la menor), a la igualdad y no discriminación, al libre desarrollo de la personalidad, a la educación en el componente de adaptabilidad, al interés superior del niño y el derecho a ser escuchada«.

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Asimismo, se establece que la Dirección Distrital vulneró su derecho a la educación.

Según el testimonio del padre, recogido en la sentencia, en la escuela «no utilizaban el nombre sentido, ni en la mesa, ni en el casillero, ni en el aula, la obligaban a ponerse en la línea con los niños en vez de con las niñas, muchas veces nos contaba mi hija que los demás niños incluso llegaban a burlarse de ella y a llamarla loca. [Tampoco] le dejaban utilizar el baño de las niñas».

La madre dijo que «lo único que se le permitió fue utilizar las vinchas y llevar un poco largo el pelo«. Además, la institución educativa solicitó unos informes sobre “un diagnóstico de disforia de género o de transexualidad”. Pero estos fueron emitidos con el nombre de la niña, y no con los que constaban en su documento de identidad y la escuela los rechazó.

Sentencia

Dado el caso, como medida de no repetición se ordenó que:

«Se dispone al Ministerio de Educación, a la Defensoría del Pueblo de Santa Elena y a la Unidad Educativa que, en el término máximo de 180 días a partir de la notificación de la presente sentencia de manera conjunta, revisen y modifiquen el código de convivencia de la institución educativa.

Este proceso deberá garantizar un enfoque en diversidad sexo-genérica de niñas, niños y adolescentes. Asimismo, se deberá incluir la revisión y modificación de los protocolos de actuación para prevenir y combatir la discriminación por identidad de género en espacios educativos. En dichas actuaciones deberá considerarse las directrices contenidas en la “guía de orientaciones técnicas para prevenir y combatir la discriminación por diversidad sexual e identidad de género en el sistema educativo nacional” expedido por el Consejo Nacional para la igualdad de Género».

Asimismo, dispone que el Ministerio de Educación, «en el término máximo de 180 días desde la notificación de la presente sentencia diseñe un protocolo de acompañamiento a niñas, niños y adolescentes, de conformidad con la “guía de orientaciones técnicas para prevenir y combatir la discriminación por diversidad sexual e identidad de género en el sistema educativo nacional”».

A pesar de que la familia ya no se encuentra en Ecuador, la CCE ordenó que las disculpas sean gestionadas a través del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

Sentencia-Corte-Constitucional

Conferencia Episcopal rechaza la sentencia

Por su parte, la Conferencia Episcopal Ecuatoriana rechazó, este jueves 16 de enero de 2025, la sentencia de la CCE. La acusa porque «impone la ideología de género en el sistema educativo promoviendo una transición de género en niños de 5 años».

También aduce que dicho falló está «desconociendo la realidad biológica, social y psicológica de niños y niñas».

En un comunicado, la Conferencia Episcopal tachó a la sentencia como «un nuevo y muy peligroso atropello a la integridad de los menores de edad».

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