El resultado del primer control de la Corte Constitucional (CC) a las preguntas enviadas por el Ejecutivo para consulta popular dejó fuera de la vía de la enmienda a dos temas trascendentales. Sin embargo, expertos recuerdan que el organismo tiene 20 días para pronunciarse sobre el control constitucional.
Causó revuelo la decisión de la Corte Constitucional acerca de la vía de la reforma parcial para dos preguntas de la consulta popular consideradas importantes para la seguridad y la institucionalidad.
Sin embargo, constitucionalista señalan las alternativas que tendría el presidente al no tener los votos en la Asamblea Nacional. Pamela Aguirre, abogada constitucionalista, habla sobre el traspaso de competencias a la Asamblea; mientras que la jurista Ximena Ron recuerda que «el camino que ha determinado la corte conforme estaba planteada la pregunta es reforma parcial; es decir, tiene que ser impajaritablemente por el Legislativo.
Además, Aguirre señala que la lectura debe hacerse desde el análisis constitucional. «El análisis de constitucionalidad que se tiene que hacer es integral no es superficial», enfatiza.
Respecto a las preguntas que deben ir vía reforma, en el caso de la número 6, explican que la decisión de la Corte fue evitar un estado hiperpresidencialista.
Todavía la Corte Constitucional debe realizar el control de constitucionalidad a la consulta en un plazo de 20 días. Y al no pronunciarse, la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales establece que se entiende que el dictamen es positivo, recuerda la abogada constitucionalista Ximena Ron.
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