Quito: Control de velocidad será en Tumbaco este 12 de septiembre del 2024

Un nuevo operativo de control de velocidad se llevará a cabo en Quito, este jueves 12 de septiembre del 2024. Así lo anunció la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT). Esa entidad además definió la hora y el lugar

El operativo será en la avenida Ruta Viva y kilómetro 8 (sentido Quito-Aeropuerto). La AMT informó que los controles se aplicarán de 15:00 a 14:00. «Este jueves 12 de septiembre, el dispositivo de reducción de velocidad será en la Ruta Viva, en Tumbaco», señaló la institución a través de sus redes sociales.

El control de velocidad de este jueves 12 de septiembre será un operativo preventivo. En cambio, por disposición del alcalde de Quito, Pabel Muñoz, los dos últimos días de cada mes los controles serán probablemente sancionatorios para todo tipo de vehículos.

Por ejemplo, la tarde de este 29 de agosto de 2024, la Agencia Metropolitana de Tránsito realizó un operativo sancionatorio en las avenida Quitumbe Ñan y Cóndor Ñan, en el sur de Quito.  Los agentes estuvieron en el lugar desde las 17:00 hasta las 18:00 para el control.

Cinco conductores excedieron el límite de velocidad en el sur de la capital. La AMT informó que solamente cuatro conductores recibieron una citación por haber cometido la infracción y uno se desvió antes del control. Sin embargo, no hubo detenidos.

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Límite de velocidad y sanciones

El límite de velocidad establecido para circular en vías urbanas es 50 kilómetros por hora para vehículos livianos y 40 Km/hora para el transporte pesado.

Los ciudadanos que excedan los límites enfrentarán una sanción económica de 138 dólares, equivalente al 30% de un Salario Básico Unificado (SBU). Así se establece en el artículo 389, numeral 6 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

Quienes sobrepasen el rango moderado (60 km/h en vía urbana) recibirá una sanción de tres días de cárcel, una multa de 460 dólares, equivalente a un SBU, además de la reducción de 10 puntos en la licencia de conducir, según el artículo 386-1 del COIP.

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