La Comisión de Derechos Colectivos de la Asamblea Nacional aprobó el informe de segundo debate de la Ley de Comunicación. En el texto se corrige el error que la misma Asamblea realizó cuando no reformó el artículo 5 sobre la comunicación como servicio público.
El ejecutivo envió en enero del 2019 un proyecto de ley para reformar el artículo 5 de la Ley de Comunicación. Pues en el 2018 la Asamblea no reformó ese articulo, en el que se califica a la comunicación como un servicio público.
La Comisión de Derechos Colectivos, que tramitó esta nueva reforma, recomienda sustituir este artículo por el siguiente texto:
«Para efectos de esta ley, se consideran medios de comunicación social a las organizaciones públicas, privadas y comunitarias así como a los concesionarios de frecuencias de radio y televisión, que ejercen la difusión masiva de contenidos comunicaciones, a través de medios impresos, radio, televisión y audio video por suscripción, cuyos contenidos pueden ser generado so replicado por el medio de comunicación a través de internet, para el efecto no se considerarán medios de comunicación al espectro radioeléctrico, ya que las mismas con concesionadas por el Estado».
La comisión no aceptó una propuesta presentada por el legislador Callejas, respecto al control de la propaganda y publicidad del sector público.
El informe con dos artículos y una disposición final deberá pasar a manos del presidente de la Asamblea, César Litardo, para que convoque al pleno para el segundo debate.
Más detalles en el siguiente video: