Actualizado 20:10
Redacción Teleamazonas.com /EFE |
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) declaró responsable al Estado de Ecuador por las detenciones ilegales y arbitrarias de tres hombres entre 1995 y 1996. La sentencia se conoció este jueves 23 de enero del 2025.
Las víctimas son: Walter Ernesto Reyes Mantilla, Vicente Hipólito Arce Ronquillo y José Frank Serrano Barrera. Los tres fueron detenidos entre 1995 y 1996, en el marco de operativos policiales antidrogas.
La presidenta de la CorteIDH, Nancy Hernández, explicó que las tres personas fueron «víctimas de detenciones ilegales y arbitrarias. Además, dijo que “se vulneraron sus derechos a las garantías y protecciones judiciales en el contexto de los procesos penales en su contra».
«La Corte determinó que las medidas de prisión preventiva que les fueron aplicadas conllevaron a una violación a los derechos de libertad personal, presunción de inocencia y a la igualdad y no discriminación”, explicó la jueza.
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La magistrada mencionó que los tres hombres “fueron víctimas de tratos crueles, inhumanos y degradantes por los actos de agresión y amenazas durante el periodo en que fueron privados de libertad».
El tribunal consideró que «se vulneraron derechos a la libertad personal de sus familiares por los sufrimientos y angustias que padecieron como consecuencia de los hechos del presente caso», afirmó Hernández.
Las detenciones ocurrieron hace 30 años
El caso se remonta a 1995, cuando en el marco de varios operativos policiales antidrogas, fueron llevadas a cabo una serie de detenciones bajo uso excesivo de la fuerza y sin haber boleta de detención ni situación de flagrancia.
Según la demanda, la normativa que permitió la detención en estas circunstancias es incompatible con el principio de legalidad en materia de libertad personal. Además, señala que la detención preventiva de las víctimas se prolongó por un tiempo excesivo, debido a la vigencia de una norma penal que impedía la solicitud de excarcelación para delitos relacionados con el narcotráfico, la cual fue declarada inconstitucional.
«Se declara el Estado es responsable por la violación a los derechos de la libertad personal, presunción de inocencia e igualdad. Responsable por la violación al derecho a la integridad personal, así como a la violación de los derechos de las garantías judiciales y a la protección judicial», dijo la jueza Hernández.
La CorteIDH ordenó al Estado investigar y en su caso sancionar a los responsables de cometer los actos crueles, inhumanos y degradantes, y que tome las medidas necesarias para dejar sin efecto las consecuencias del proceso penal seguido contra las víctimas y que sus datos sea eliminados de registros de antecedentes penales. EFE
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