Corte Constitucional avala prohibición de uso de celulares al votar en la segunda vuelta

Actualizado 16:20

Redacción Teleamazonas.com |

La Corte Constitucional avaló la prohibición de uso de celulares o dispositivos electrónicos al votar en la segunda vuelta electoral, este 13 de abril de 2025. Con ocho votos a favor y uno salvado, se determinó que «no restringe ni limita el derecho al sufragio».

Según la CC, esta resolución, adoptada el 13 de marzo de 2025 por el Consejo Nacional Electoral (CNE), «es una medida operativa que no restringe ni limita el derecho al sufragio, y que fue dictada por el organismo electoral en ejercicio de su competencia reglamentaria para organizar, dirigir y vigilar de manera transparente los procesos electorales».

Por lo que la Corte resolvió que se excluya «cualquier otra interpretación contraria que considere a esta medida como un requisito adicional, condición u obstáculo al elector». Por el contrario, apuntó que se trata de un mecanismo de garantía para que el elector preserve su voto secreto; así como garantía de integridad del proceso de cara a las organizaciones políticas participantes.

La decisión de la Corte Constitucional se conoce a diez días de las elecciones de segunda vuelta. La sentencia contó con un voto salvado de la jueza Alejandra Cárdenas Reyes, quién apuntó que la sanción prevista es desproporcionada.

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También sostuvo que la norma no constituye una simple cuestión operativa para llevar a cabo el proceso electoral por parte del CNE, sino que se habría creado la infracción electoral, aún cuando eso está fuera de las competencias del Consejo.

Los votantes pueden portar el celular u otros dispositivos para ingresar al recinto electoral. Sin embargo, al acercarse a la junta receptora del voto y entregar su cédula deberán guardarlo hasta depositar la papeleta en la urna correspondiente.

«Durante el acto del sufragio está prohibido el uso de dispositivos móviles en el interior del biombo, en el lapso breve que podría durar entre 1 y 2 minutos. No se debe fotografiar la papeleta exclusivamente para resguardar el principio constitucional de que el voto es secreto y libre«, señaló Diana Atamaint, presidenta del Consejo Nacional Electoral (CNE), el lunes 31 de marzo del 2025.

Mientras que en el caso de los miembros de las Juntas Receptoras del Voto, a partir de las 17:00, que inicia el escrutinio, no podrán utilizar los celulares. A excepción del vocal escrutador, pero solo para operaciones matemáticas, explicó el CNE.

El secretario de la junta receptora del voto será el encargado de recordar a los ciudadanos que no puede usar ningún dispositivo electrónico.

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