El expresidente del Tribunal Supremo Electoral, Carlos Aguinaga, opinó sobre la intención de procesados judiciales para candidatizarse como asambleístas.
Aguinaga afirmó que el ‘Código de la Democracia’ prevé una inmunidad exclusivamente para el período de las candidaturas. «Cuando se califica la candidatura, entra a operar la inmunidad electoral hasta la proclamación de resultados. Pero no para cualquier delito», afirmó.
«Para delitos cometidos dentro de este período. Es decir, desde la fecha de calificación hasta la fecha de proclamación. Esta inmunidad electoral no tiene nada que ver con delitos anteriores, con procesamientos anteriores, con juzgamientos anteriores», agregó Carlos Aguinaga.
Por otro lado, rechazó que actualmente las leyes permitan que cualquier persona que está procesada pueda ser candidato. «No hay probidad, de ética pública, de ética política, de moral. Las organizaciones presentan las candidaturas y los ciudadanos debemos mirar con atención a quiénes nos están presentando», acotó.
Y afirma que hay requisitos subsanables y otros no. «En el caso de quienes son procesados por delitos de corrupción pública, no hay ninguna norma en el Código de la Democracia que establezca que no pueden ser candidatos. Debería mirarse con detenimiento si estas candidaturas cumplieron con la aceptación por escrito, documentación juramentada, si cumplió la democracia interna», acotó.
También, Aguinaga considera que el Consejo Nacional Electoral, a título de defender el derecho de participación de los candidatos, no debe permitir la evasión de requisitos.
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