A fin de adoptar medidas concretas y efectivas para luchar contra el crimen organizado transnacional este domingo 21 de enero de 2024 se realizó la XXIV Reunión Extraordinaria del Consejo Andino de ministros de Relaciones Exteriores junto a los ministros y autoridades a cargo de la Seguridad Interna.
El encuentro fue convocado por las autoridades de Bolivia, país que ejerce la Presidencia Pro Tempore de la Comunidad Andina.
En el encuentro participó por Bolivia, el ministro de Gobierno, Carlos Eduardo del Castillo y el viceministro de Comercio Exterior e Integración, Benjamín Blanco; por Colombia, el viceministro de Relaciones Exteriores, Francisco Coy y la viceministra de Políticas de Defensa y Seguridad del Ministerio de Defensa, Daniela Gómez.
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Por Ecuador asistió la ministra de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, Gabriela Sommerfeld, la ministra de Gobierno, Mónica Palencia y el ministro de Defensa Nacional, Gian Carlo Loffredo; por el Perú, el ministro de Relaciones Exteriores, Javier González-Olaechea, el ministro de Defensa, Jorge Chávez, el ministro del Interior, Víctor Torres y el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Eduardo Arana.
Los países miembros de la Comunidad Andina condenaron los violentos sucesos ocurridos en los últimos días en Ecuador y por ello plantearon un plan de acción para combatir estos actos y el aumento de criminalidad.
Entre las medidas que propone el plan de acción está reforzar los puestos de vigilancia fronterizos, controles aduaneros y controles antidrogas.
A continuación, la transcripción textual del documento emitido este domingo por la Comunidad Andina, tras la reunión de ministros:
«PLAN DE ACCIÓN RESOLUTIVO DE LOS PAÍSES DE LA COMUNIDAD ANDINA SOBRE
LA DELINCUENCIA ORGANIZADA TRANSNACIONAL
En la ciudad de Lima, el 21 de enero de 2024, el Consejo Andino de Ministros de Relaciones
Exteriores reunido junto con los Ministros a cargo de la Defensa y Seguridad Interna acuerdan
adoptar las siguientes medidas:
1. ACCIONES EN FRONTERA
- Reforzar los puestos de vigilancia fronterizos de forma coordinada con los países vecinos.
- Desarrollar trabajos conjuntos para identificar, controlar y neutralizar los pasos fronterizos
no autorizados para hacer frente a las actividades ilícitas transnacionales entre ellas el
narcotráfico, trata de personas, minería ilegal y tráfico de armas, municiones y explosivos.
2. COOPERACIÓN MIGRATORIA
- Instruir al Comité Andino de Autoridades Migratorias (CAAM) a reunirse de inmediato con
el propósito de establecer un mecanismo ágil de intercambio de información migratoria
relevante, con el objetivo de crear del Banco Andino de Datos (BAD) que cuente con
datos biográficos, biométricos, entre otros, que incluya personas con antecedentes, con
requisitorias o con impedimento de tránsito, sean nacionales o extranjeros y que
coadyuve a la seguridad y orden interno de los Países Miembros.
3. COOPERACIÓN ADUANERA
- Reforzar los controles aduaneros.
- Instruir al Comité Andino de Asuntos Aduaneros, elaborar en un plazo no mayor a 60
días, un plan de acción que permita fortalecer la asistencia mutua y cooperación, a través
del intercambio de información permanente y eficaz, entre otros, y que coadyuve a la
seguridad interna de los países andinos en el ámbito aduanero.
4. COOPERACIÓN EN MINERÍA ILEGAL
- Instruir al Comité Andino Ad-Hoc de Minería Ilegal (CAMI) reunirse de inmediato para
identificar las actividades de minería ilegal, y sobre esa base planificar y llevar a cabo con
las autoridades competentes, en el primer trimestre del año, una operación conjunta y
coordinada en contra de la minería ilegal, con énfasis en zonas de frontera, debido a su
conexión con el financiamiento de los grupos delictivos organizados.
5. COOPERACIÓN EN MATERIA DE LUCHA CONTRA EL TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS
- Se declara la necesidad de abordar en una próxima reunión el impulso de una Alianza
Latinoamericana Antinarcóticos en el marco de la lucha contra la delincuencia organizada
transnacional. - Impulsar la cooperación y coordinación para el intercambio de información de inteligencia
que permita fortalecer los esfuerzos para combatir de manera más efectiva el flagelo del
narcotráfico y la prevención, reducción, neutralización y desarticulación de
organizaciones delictivas transnacionales dedicadas al tráfico ilícito de drogas y sus
delitos conexos. A tal efecto, se efectuarán, de forma bimestral, o cuando así lo considere
en situaciones de emergencia, reuniones o mesas de trabajo (presencial y/o virtual) de
las instancias competentes, siendo la primera reunión en el mes de marzo del año en
curso. - Llevar a cabo, de manera trimestral y alternada, a partir del primer trimestre del 2024,
reuniones presenciales entre los Directores Antidrogas de los Países Miembros, con el
objeto de: i) Dar seguimiento al intercambio permanente de información acerca de la
situación de la lucha contra el tráfico ilícito de drogas en sus respectivos países; ii)
Identificar aquellas organizaciones delictivas dedicadas al narcotráfico, que tengan
especial importancia en sus países, especialmente respecto de sus cabecillas; iii)
Compartir data relevante respecto de la labor y contactos que dichas organizaciones
mantienen en cualquiera de los otros países intervinientes; iv) Promover la colaboración
de sus contrapartes a efectos de investigaciones en curso sobre las actividades de estas
organizaciones de narcotraficantes de singular relieve que, de ser el caso, pueda incluir
el seguimiento de sus cabecillas identificados.
6. OPERACIONES COORDINADAS
- Realizar en el más breve plazo operaciones policiales y/o militares coordinadas, cuando
corresponda, en las zonas de frontera de los Países Miembros, con el objeto de enfrentar
los ilícitos transnacionales. - Ejecutar ejercicios operativos relacionados con el control del tráfico de drogas en las
fronteras, como la transferencia de blancos aéreos, de conformidad a la normativa
nacional de cada país.
7. COOPERACIÓN EN INTELIGENCIA
- Impulsar la cooperación y la inteligencia para analizar el modus operandi de la delincuencia organizada transnacional, incluyendo el intercambio de información, legislación relevante, etc.
- Crear un mecanismo andino de inteligencia estratégica, que permita la coordinación entre
las entidades rectoras de inteligencia estratégica o sus similares para desarrollar mesas
de trabajo e intercambios de información e inteligencia sobre amenazas y riesgos
comunes, como la delincuencia organizada transnacional (narcotráfico, tráfico de armas,
municiones y explosivos, tráfico ilegal de migrantes, trata de personas, minería ilegal,
entre otras; así como, lavado de activos) y otras amenazas y riesgos que afecten la
seguridad de las naciones andinas. - Afianzar los mecanismos de intercambio de información e inteligencia de los órganos
militares y policiales de los países que integran la Comunidad Andina a fin de permitir una
idónea y oportuna intervención policial, así como, captura de integrantes y miembros de
las organizaciones delictivas transnacionales. - Efectuar, de forma bimestral o antes, si la situación lo amerita, las reuniones (presencial
y/o virtual), siendo la primera reunión en el mes de marzo del año en curso. - Revisar y evaluar el marco normativo para adecuarlo a los requerimientos esenciales de
inteligencia común. - Poner en funcionamiento, en el primer trimestre del año en curso a través de un
compromiso de articulación entre las respectivas unidades de análisis de inteligencia
financiera, un mecanismo andino de seguridad financiera para fines de trazabilidad de
flujos financieros ilícitos.
8. COOPERACIÓN REFORZADA CONTRA EL TRÁFICO DE ARMAS
- Fortalecer la implementación de los instrumentos internacionales diseñados para luchar
contra el tráfico ilícito de armas, especialmente aquellas orientadas al establecimiento de
acciones conjuntas, intercambio de información para el rastreo de armas, municiones y
explosivos, y cooperación judicial para procurar la recuperación de armas desviadas y la
captura de los integrantes de las redes de tráfico. - Actualizar la Decisión 552 referente al Plan Andino para la Prevención, Combate y
Erradicación del Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras.
9. COOPERACIÓN EN MATERIA PENITENCIARIA
- Instruir a las autoridades competentes de los Países Miembros, para que inicien, de
manera inmediata, acciones de cooperación en materia penitenciaria para la seguridad
en la subregión.
10. CAPACITACIÓN EN LA LUCHA CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA
TRANSNACIONAL
- Los países participantes sostendrán trimestralmente, a partir del primer trimestre del
2024, programas conjuntos de capacitación a nivel de sus autoridades y agentes
policiales, militares, y de seguridad nacional, según corresponda, de acuerdo con la
normativa de cada país. Los programas se enfocarán en tres ejes:
- Formación: El objetivo de este eje será intercambiar lecciones aprendidas y
armonizar buenas prácticas policiales y militares, así como realizar programas de
capacitación para el manejo de crisis, la respuesta a emergencias, la
investigación, entre otros. - Sensibilización: Se incluirá en los programas de capacitación un enfoque de
derechos humanos, en especial, para concientizar a las autoridades y agentes
policiales y militares sobre las amenazas y consecuencias de la delincuencia
organizada transnacional que atentan contra la libertad y la dignidad de las
víctimas, como la trata de personas, la explotación sexual, el narcotráfico, entre
otros. - Fortalecimiento institucional: Intercambiar las buenas prácticas para reforzar la
eficacia de las instituciones policiales y de seguridad nacional de los países
participantes, incluyendo estándares de transparencia, códigos de ética
institucional, uso de tecnologías de la información y las comunicaciones, entre
otros.
11. RED ANDINA DE SEGURIDAD 24/7
- Establecer la Red Andina de Seguridad 24/7 en la que participarán un punto de
contacto titular y un punto de contacto alterno designado por cada país participante,
quienes garantizarán una atención 24 horas al día, 7 días a la semana, para
proporcionar y recibir información, y/o solicitar información de otros países parte de la
Red. El intercambio de información se centrará en detalles sobre la actividad de
agrupaciones delictivas que tengan, o pudieren llegar a tener, operatividad
transnacional y realicen actividades que atenten contra la seguridad pública en los
territorios de dos o más Países Miembros participantes o en sus pasos de frontera.
La Red Andina de Seguridad 24/7 iniciará funciones a partir del primer trimestre del
año en curso. - Asimismo, se alertará, de manera inmediata, sobre actos relevantes perpetrados por
agrupaciones delictivas transnacionales, incluso si éstos han sido cometidos al interior
de un solo país participante. La Red Andina de Seguridad 24/7 también permitirá que
las autoridades y agentes policiales, militares y de seguridad nacional, según
corresponda a la normativa de cada país participante puedan contar con información
sobre las agrupaciones delictivas transnacionales solicitándola a sus respectivos
puntos de contacto, quienes trasladarán la solicitud a sus contrapartes. - Las actividades de la Red Andina de Seguridad 24/7 deberán respetar las leyes y
políticas nacionales de cada país participante, por lo que los puntos de contacto
designados deben estar debidamente capacitados en las normativas
correspondientes para la aplicación de esta medida en el marco de la ley.
12. FORO INTERNACIONAL
- Realizar, en el primer semestre de 2024, un foro internacional sobre la delincuencia
organizada transnacional.
13. OBSERVATORIO REGIONAL ANDINO DE SEGURIDAD
- Se establecerá un Observatorio Regional Andino que recopile, procese y analice
información sobre la delincuencia organizada trasnacional en la subregión y otros
temas vinculados a esta materia. - Encomendar a la Secretaría General de la Comunidad Andina la compilación
comparativa de la normativa interna de los Países Miembros en materia penal
sistematizar la normativa penal subregional».