Con 119 votos a favor, la Asamblea Nacional aprobó la reforma a la Ley de Gestión de Identidad y Datos Civiles, este martes 12 de diciembre del 2023. Tras esta decisión se permitirá realizar el cambio de sexo en la cédula de identidad.
Las reformas se aprobaron este martes 12 de diciembre del 2023 cumpliendo el dictamen de la Corte Constitucional sobre los derechos referentes a la identidad personal. Además, en los cambios se incluirá la posibilidad modificar de apellido por posesión notoria e ininterrumpida por al menos dos años consecutivos.
El texto íntegro aprobado fue el remitido por la Comisión de Garantías Constitucionales, excepto el contenido del artículo 19 del proyecto. En este apartado se habla de la adopción por parte de parejas y personas solteras, viudos, viudas, divorciados y divorciadas.
Además, durante el debate en el que se trató estas reformas, la legisladora Sofía Sánchez, de Construye, mencionó que existe la voluntad política en la Asamblea para tomar una «decisión histórica en beneficio de los grupos excluidos«. Asimismo, recalcó que con ello se evitará el maltrato, discriminación y humillación de este grupo.
Lea también:
- ¿Cómo renovar la cédula de personas con discapacidad en Ecuador?
- Cédulas de identidad caducadas ya no se pueden usar en Ecuador
Con esta decisión legislativa, los ciudadanos que deseen modificar esta información en el documento de identidad deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Acreditar ser mayor de edad en función de la legislación ecuatoriana (18 años).
- Presentar ante cualquier oficina del Registro Civil a nivel nacional, una solicitud dirigida el/la directora/a General de Registro Civil, Identificación y Cedulación manifestando encontrarse amparada por la presente ley, requiriendo la rectificación del sexo conservándose el número original.
- Expresar el nuevo nombre elegido con el que solicita inscribirse.
- No se requiere ser ecuatoriano/a pero si demostrar su situación migratoria regularizada.
- En ningún caso será requisito acreditar intervención quirúrgica por reasignación genital total o parcial, ni acreditar terapias hormonales u otro tratamiento psicológico o médico