Caso Confourtable: allanamientos en oficinas de dos juezas de la Corte Nacional de Justicia

Una nueva investigación que involucra a la justicia ecuatoriana se inició la tarde de este 16 de agosto de 2024. La Fiscalía y la Policía Nacional allanaron un domicilio y las oficinas de las juezas de la Corte Nacional de Justicia Enma Tapia y Katerine Muñoz.

La Fiscalía nombró a este caso como Confourtable. El Ministerio Público informó: “Fiscalía y Policía allanaron un domicilio y las oficinas de dos juezas de la Corte Nacional de Justicia”.

El caso Confortable tiene que ver con el delito de cohecho y está relacionado con el expresidente de la Judicatura, Wilmán Terán quien es procesado en el caso Metástasis por el delito de delincuencia organizada.

Como resultado de los allanamientos «se recabaron varios indicios, como dispositivos móviles, computadoras portátiles, un CPU, agenda, un CD y documentación. Todo será ingresado en cadena de custodia», informó la Fiscalía.

 El pasado 12 de agosto, el Tribunal integrado por las juezas Tapia, Muñoz y el juez Alejandro Arteaga conoció la apelación al hábeas corpus que interpuso Terán para ser trasladado de la Roca (Guayaquil) a la cárcel 4 de Quito.

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Con los votos de Tapia y Muñoz se dio paso a que Terán deje la Roca. Esto después de considerar que el expresidente de la Judicatura recibía tratos “crueles, inhumanos y degradantes” en la cárcel ubicada en Guayaquil.

En la decisión de las juezas también se señaló que se debe garantizar el acceso a diferentes equipos electrónicos y herramientas de trabajo útiles para que ejerza plenamente su defensa, “por un tiempo de, al menos, ocho horas diarias”.

Reacción de jueza de la Corte Nacional

La jueza Enma Tapia utilizó la red social X para pronunciarse por los allanamientos. Dijo: «Lean mis sentencias, júzguenme sobre la base de mi trabajo, no sobre opiniones políticas o coyunturales».

Además señaló que, durante el proceso sobre la apelación de Terán, tanto el Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Privadas de Libertad (SNAI) como el Ministerio de Salud Pública, «tuvieron plena oportunidad para de presentar las pruebas y argumentos que correspondan en respaldo de sus alegaciones».

La jueza nacional mencionó que ambas entidades se acogieron al derecho al silencio. Eso, según la magistrada, obligó a que se tome una decisión con las pruebas disponibles.

También de irresponsabilidad procesal. Dijo que la falta de diligencia de las partes procesales «no debe confundirse con un simple acto de silencio«. Añadió que eso debe verse como una demostración flagrante de irresponsabilidad procesal.

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