El Ministerio de Producción ratificó, este 1 de agosto del 2023, que el acuerdo comercial entre Ecuador y Costa Rica se alinea a principios constitucionales tras el dictamen de la Corte Constitucional, en el que se insta a renegociar algunos artículos porque se estaría trasgrediendo con la normativa.
En un comunicado, la Corte precisó, este 31 de julio, que la decisión fue aprobada con el voto de cinco de nueve jueces del pleno del tribunal, e hizo observaciones a ciertos artículos que, en su opinión, infringirían los límites impuestos en la Constitución de la República.
Por ello, «instó a evaluar la posibilidad de que los órganos públicos correspondientes renegocien el contenido de los artículos declarados inconstitucionales o busquen alternativas» para «subsanar la inconstitucionalidad de los artículos analizados» en el dictamen.
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La Corte mencionó sus advertencias en el capítulo 11 de dicho instrumento internacional relacionado con los servicios financieros. Allí «se enfatizó respecto a la necesidad de que el sector privado del sistema financiero, incluso extranjero, debe ser regulado y controlado por medio de normas y entidades de control específicas y diferenciadas, que se encarguen de preservar su seguridad, estabilidad, transparencia y solidez».
No obstante, agregó que la Constitución ecuatoriana establece que «las actividades financieras son un servicio de orden público» y que éstas «podrán ejercerse previa autorización del Estado, de acuerdo con la ley».
Asimismo, indicó que los artículos 11.20, y del 15.20 al 15.35, incluyendo los anexos 15.18 y 15.26 del capítulo 15 de «Inversión», son incompatibles con lo que se establece en la Constitución ecuatoriana. Esto debido a que la aplicación de esos artículos supone que «el Estado ecuatoriano cede jurisdicción soberana a instancias de arbitraje internacional, toda vez que dichos artículos contemplan la posibilidad de que se solucionen controversias contractuales entre inversionistas».
Según la Corte, personas naturales y jurídicas privadas, así como Estados, podrían someter al país a instancias de arbitraje internacional, como el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi), donde Ecuador podría ceder su jurisdicción soberana.
¿Peligroso precedente?
Tras conocer el dictamen, el Ministerio de Producción emitió un comunicado. En él ratificó que el acuerdo comercial «cumple con los principios y garantías contemplados en la Constitución». Asimismo, asegura que este dictamen pondría en riego «la generación de empleo y las inversiones que los tratados comerciales impulsan», pero también «la certeza y previsibilidad jurídica».
Por esta razón, según la cartera de Estado se estaría levantando un peligroso precedente pues «el artículo de la Constitución que da lugar a la objeción de la Corte, no es ambiguo ni entra en contradicción con ningún otro contenido constitucional».
También recordó que el acuerdo entre Ecuador y Costa Rica «es de suma importancia para el país». Esto porque «abre un camino para la atracción de inversiones y el incremento de las exportaciones no tradicionales del Ecuador, en particular para las mipymes, abarcando preferencias arancelarias para alrededor del 97% de la oferta exportable».
Incorporación a la Alianza del Pacífico
El pasado 1 de marzo de este año, el presidente de Costa Rica, Rodrigo Chaves, y el primer mandatario de Ecuador, Guillermo Lasso, firmaron en San José un tratado de libre comercio para liberar más del 90 % de la oferta conjunta.
El convenio también fue considerado como un paso en el propósito para impulsar el proceso de incorporación de ambos países a la Alianza del Pacífico, integrada actualmente por México, Perú, Chile y Colombia.
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