El profundo sueño de una niña de 12 años fue interrumpido por su padrastro. Jesús Galo T. A., sentenciado por el delito de violación.
La agredió sexualmente aprovechando el silencio de la madrugada del 11 de octubre de 2021.
El delito lo cometió en el mismo inmueble que compartían.
Ramiro Cuenca, fiscal especializado en Violencia de Género No. 2, presentó suficientes pruebas para demostrar la responsabilidad penal del procesado.
El testimonio anticipado rendido por la víctima en cámara de Gesell fue reproducido y escuchado por un Tribunal de Garantías Penales de Sucumbíos durante la audiencia de juicio.
La niña reconoció a su padrastro como su agresor, narrando, además, la forma cómo fue ultrajada la madrugada del 11 de octubre de 2021.
El Fiscal del caso también citó los testimonios del personal de la Unidad de Atención de Peritaje Integral (UAPI) de la Fiscalía Provincial de Sucumbíos.
Tras la violación y en flagrancia, practicaron las primeras pericias médicas y psicológicas a la adolescente.
También se presentó el informe de la pericia genético forense, que confirmó la presencia fluidos con perfil genético del agresor en el cuerpo de su hijastra.
Estas pruebas, sumadas a los testimonios de los agentes aprehensores que actuaron ante un delito flagrante, llevaron a los jueces al convencimiento de que el delito existió y que, además, Jesús Galo T. A. es el responsable del mismo, en calidad de autor.
Además de los 22 años de pena privativa de libertar impuesta por el Tribunal Penal, también se le ordenó el pago de una reparación integral de 5.000 dólares y de una multa que asciende a los 800 salarios básicos unificados.
Información jurídica
El delito de violación está sancionado en el artículo 171 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).